Capsulas de Carreño

Ocho fechas de suspensión para Lucero y dos para Bodhert.

Lucero Álvarez, arquero de Rionegro Águilas, sancionado ocho fechas por insultos racistas. Foto tomada de la cuenta Twitter del periodista Alberto Kenwán.

*Es la primera vez que en Colombia se sanciona a un jugador por emplear «lenguaje ofensivo, discriminatorio, racista contra un técnico. El castigado es el uruguayo Lucero Álvarez y en menor proporciòn el técnico Huberth Bodhert. He aquí apartes de la Resolución 033 del Comité Disciplinario del Campeonato.

Artículo 20º.– Lucero Álvarez, jugador inscrito con el club Talento Dorado S.A. (RIONEGRO) sancionado con ocho (8) fechas de suspensión, treinta y un millones doscientos cuarenta y nueve mil seiscientos ochenta pesos ($31.249.680,oo) de multa y la prohibición expresa de ingreso a los escenarios deportivos por emplear lenguaje
ofensivo, discriminatorio, racista, contra un miembro del cuerpo técnico del equipo adversario una vez culminó el encuentro deportivo disputado por la 9ª fecha de la Liga Águila II 2018 contra Once Caldas S.A. (Arts.60 y 92 del CDU).
El Comité conoció de los hechos objeto de investigación a través del informe arbitral según el cual, el jugador Álvarez, una vez terminado el partido, empleó lenguaje ofensivo, grosero y racista contra el director técnico del club Once Caldas.
De conformidad con el artículo 60, numeral 6, del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol (CDU de la FCF), el Comité es competente para aplicar las sanciones que se estimen pertinentes frente a hechos sucedidos una vez culmine el encuentro deportivo.

Huberth Bodhert sancionado dos fechas. Foto Canal RCN.

Artículo 19º.– Huberth Bodhert, director técnico del club Once Caldas S.A., sancionado con quinientos veinte mil ochocientos veintiocho pesos ($520.828,00) de multa y dos (2) fechas de suspensión por emplear lenguaje ofensivo y grosero contra un jugador adversario una vez finalizó el encuentro deportivo disputado por la 9ª fecha de la Liga
Aguila II 2018 contra el club Talento Dorado S.A. (RIONEGRO) (Arts. 75-1 y 63-G CDU).
El Comité conoció de los hechos investigados a través de los informes de oficiales del partido.

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